… pero el sonido que sale de estas jaulas es el de los teclados, el agua escurriéndose en el cubo de la fregona, los pies arrastrados por el suelo. Si al menos esas jaulas se las hubiera construído cada cual para defender su creatividad de las incursiones del mercado. Si las frases que podemos leer fueran puntos de partida para el pensar, y no sentencias lapidarias. Si…
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¿A quién beneficia el desempleo?
España “celebró” la semana pasada la superación de los 6 millones de parados · No lo celebran los propios desempleados, claro, pero alguien hay que lo debe celebrar para que las medidas más obvias no se lleguen a tomar · ¿Por qué?
(Radio en Ricoalcuadrado 7/5/2013)
Cuando tenemos dificultades para pagar una deuda económica contraída, intentamos buscar los medios por los que conseguir el dinero necesario para satisfacerla. El primero en el que pensamos, si lo hacemos honestamente, es nuestra capacidad de by Browse to Save» href=»http://derf.com.ar/despachos.asp?cod_des=541632&ID_Seccion=24&fecemi=07/05/2013&Titular=a-quien-beneficia-el-desempleo.html#»>trabajar. Pues bien, esto es justo lo que en este país es cada vez más difícil.
Pero lo es porque el propio Estado, que es quien establece las normas de juego y el que tendría que dar ejemplo, se enfrenta a su deuda no produciendo más, sino contrayendo nuevas deudas para pagar las antiguas.
Ciertamente, España había crecido a golpe de by Browse to Save» href=»http://derf.com.ar/despachos.asp?cod_des=541632&ID_Seccion=24&fecemi=07/05/2013&Titular=a-quien-beneficia-el-desempleo.html#»>crédito. Pero otros países también (cuando las barbas de tu vecino veas cortar…). No sólo eso, sino que el endeudamiento es consubstancial al crecimiento económico, ese dogma en que se fundamenta el capitalismo. Y, ojo: lo que pone en crisis la solvencia crediticia de un país, en ese sistema, no es, como nos diría el sentido común, la confianza en su capacidad de devolver los créditos, sino la confianza en su disposición a endeudarse más.
Dicho de otro modo, para destacar el absurdo de la situación: lo que hace de un crédito un crédito desde el punto de vista capitalista, es que se espera que sea devuelto por medio de un nuevo crédito. En el momento en que a alguien se le ocurra devolverlo sólo trabajando, sin solidarizarse con la espiral crediticia; en el momento en que alguien se ponga como ideal satisfacer de una vez por todas sus deudas, el sistema entra en crisis.
Esto, lo que excluye, es la pertinencia de una economía de supervivencia. Aquellos individuos que no muestren disposición a endeudarse más de lo que están, bien porque sitúen sus expectativas fuera de las que alimenta la sociedad de consumo, bien porque, sencillamente, su capacidad de endeudamiento está saturada, ya no interesan.
Esto es importante entenderlo para dejar de asombrarse ante la aparente ceguera de nuestro sistema bancariogubernamental, que parecería no darse cuenta de que, mientras el Estado emita deuda a intereses suculentos, al menos en Europa, cercanos al 6%, difícilmente el dinero disponible para ser prestado irá a parar a la financiación de las iniciativas empresariales de ningún particular. Pasada esa regulación de empleo de dimensiones mastodónticas que fue la pérdida de dos millones de puestos de trabajo en el sector de la construcción entre 2008 y 2010, el actual crecimiento del desempleo tiene ahora esta razón de fondo, la falta de financiación. Pero es que este crecimiento del desempleo interesa, al menos mientras sea a costa, insistamos, de aquellos que ya “sólo” aspiraban a tener una vida digna, modesta pero autónoma y, escarmentados, se proponían trabajar, ahorrar y devolver sus préstamos. No es que los bancos no quieren que devuelvan esos préstamos, pero les resulta más rentable que el Estado los mantenga con 400€ al mes, contratar a 10.000 Km de distancia a quien haga el trabajo por todavía menos de esos 400€ (es decir, que la suma de el subsidio estatal y el sueldo del trabajador, por ejemplo, chino, resulten inferiores al sueldo del trabajador español), y que el dinero disponible siga alimentando la burbuja de la deuda; que siga poniéndose en manos de quienes, precisamente porque pueden ir devolviendo sus créditos, van a pedir más préstamos.
Henrik Hdez.-Villaescusa Hirsch
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Rico al Cuadrado.
Familia y Capitalismo
Las vacaciones son el símbolo del Capitalismo, y la desorientación de las familias que se pasean por las playas de sus acreedores, el de nuestra quiebra social
Programa emitido en Rico al Cuadrado
Escribo desde un destino vacacional del sur de Catalunya. Esto significa que en períodos como este que ahora termina, el paseo marítimo se llena de familias desubicadas que vagan por él con aspecto de preguntarse cuál fue el motivo de su viaje.
Siempre me ha llamado la atención la cantidad de gente que parece resignarse a de sus días de vacaciones más que disfrutarlos. Algo que se pone más de evidencia en fiestas, como éstas, de carácter originariamente religioso pero vividas, al menos aquí, de manera cada vez más laica, sin que este laicismo parezca conseguir del todo dotarse de un contenido alternativo y librarse de la mala conciencia por estar celebrando en el restaurante que aún hay dinero por gastar, y no en la iglesia la pasión del Redentor. Parece que el progreso consista en huir de la pasión, en todos sus sentidos: de la Pasión de Cristo, pero también del padecimiento infligido por el trabajo y la escuela. Cojamos a la familia y llevémonosla lejos de todo lo que causa insatisfacción, a un lugar sin obligaciones en el que todo parezca posible.
Y aquí están, desorientados en esta vida fácil de playa y restaurante, alejados por la indolencia también de ese otro sentido de la palabra “pasión”, el de la pasión como deseo.
Las vacaciones son uno de los símbolos sagrados del Capitalismo, que convenció al obrero de que constituyen una conquista social, cuando son en realidad la condición de que éste cambie el sentimiento de libertad de unas semanas al año por el encadenamiento a la maquinaria productiva el resto de su vida. Pero si hoy he destacado la presencia de las familias en este modelo vacacional, es porque han caído en mis manos las palabras de un teólogo laico suizo del S.XIX, hoy totalmente olvidado, llamado Karl Hilty, y que me parecen de gran actualidad, porque sitúa en la familia el origen de los peligros que vislumbraba en la economía de entonces, y que padecemos hoy: aquél a quien le preocupa más, nos dice, el futuro de sus hijos, esposas, nietos, que el de los de los demás, ahorrará para garantizar su futuro. El ahorro es la causa de las desigualdades sociales, no simplemente porque unos tengan más que otros, sino fundamentalmente porque saca dinero de la circulación y lo deprecia, haciendo que el patrimonio tenga más valor que el trabajo.
El tema, por supuesto, requeriría mucha más elaboración, de hecho inaugura una vía, alternativa tanto a la marxista como a la capitalista, silenciada por ambos sistemas, pero que ha ido brotando aquí y allí en forma de pequeñas economías que se articulan en torno a monedas no ligadas al Estado. Pero hoy sólo quería destacar cómo las palabras, precisamente, de un teólogo (aunque desautorizado en su día por la Iglesia), ofrecen con 150 años de antelación la descripción perfecta de la situación de un país al que se educó en el valor supremo de una familia que ahora pasea desorientada por unas playas que son de aquellos a los que le deben el sueldo de sus próximos 30 años.
Henrik Hdez.-Villaescusa Hirsch
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El Rey, de arquitecto de la transición a su bufón (Süddeutsche Zeitung)
Traduzco a continuación el artículo «Royal infernal» aparecido en Süddeutsche Zeitung el 4/4/13:
«Políticos de provincias que posan en bañador con traficantes de drogas o se dejan sobornar con trajes. Un jefe de gobierno que sólo se atreve con la prensa por videoconferencia. Y ahora, la hija de un rey ante la justicia. Los españoles están hartos de sus instituciones políticas. Y esto, en un momento en que el país se encuentra económicamente al borde del precipicio.
La familia real es la única autoridad moral posible de España, pero se autodestruye. Aún peor que el escándalo que rodea los turbios negocios del yerno es la evidente incapacidad del Rey, que es, al fin y al cabo, el monarca con mayor poder político del mundo, el que en la década de 1970 guió al país a la democracia, en lo que constituyó una obra maestra del arte de gobernar.
¿Qué ha sido de Juan Carlos? El declive comenzó en 2007 con un exabrupto contra el presidente Chávez de Venezuela («¿Por qué no te callas?»), que hizo reír a muchos, pero que ya puso de manifiesto una cierta distancia con respecto a la realidad.
Desde entonces hasta hoy, con 75 años de edad, se ha esforzado por convertirse en un bufón: como Don Juan cazador de elefantes que, al parecer, busca en una rubia princesa alemana consuelo por la rigidez de su esposa, pero que no encuentra una palabra para sus ciudadanos en crisis. El político Cayo Lara, republicano de izquierdas, lo expresa así: Nadie ha hecho tanto por la abolición de la monarquía en España como este monarca.»
Deuda pública, organización territorial, y más cosas de la Constitución de 1931
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En el S.XX España ha tenido dos constituciones refrendadas democrá-ticamente: la republicana de 1931 y la de la restauración monárquica de 1978. Monarquía y República son dos modelos de poder inversos: en el republicano, el pueblo se dota de instituciones de gestión colectiva. En el monárquico, son las instituciones las que ceden al pueblo una parte de su poder. Contra lo que se puede oír con frecuencia, nuestra constitución actual no es monárquica sólo a título nominal, es decir, la llamada “monarquía constitucional” no es una “república con rey”, sino una monarquía en la que al pueblo sólo le queda el papel de refrendar o no lo que el poder institucional determina. Con frecuencia se recuerda la Constitución de 1931 por sus avances sociales. Pero más importante es destacar el modelo de Estado radicalmente diferente que propone. Hagámoslo comparando ambas constituciones en relación a cuatro temas esenciales: Soberanía, organización territorial, separación de poderes y Jefatura del Estado.
Para empezar, la constitución republicana hace residir el poder en el pueblo, sin más acotación. La monárquica, en cambio, acude a un término de origen monárquico, el de soberanía, y juega a la confusión haciéndola residir, al modo de las constituciones republicanas inspiradas en la francesa, también en el pueblo, pero especificando pueblo español. El pueblo de que habla la Constitución de 1978, tanto cuando se refiere al español como a los pueblos de España no es el conjunto de la ciudadanía, sino un ente abstracto definido por la identidad histórica y cultural,[1] que podemos pensar que en definitiva es el que en su Preámbulo establece como sujeto político, la Nación española, término que en la constitución republicana aparece como designación de un derivado de la constitución de la República como tal, y no como una entidad previa a ella.
¿Cómo se organiza el Estado? El orden en que cada constitución lo desarrolla es revelador: la republicana establece primero la organización territorial, a continuación el funcionamiento de las Cortes y, finalmente, la figura del Jefe del Estado. La monárquica, en cambio, sigue el orden inverso. Empecemos, para compararlas, con el orden republicano, porque la organización territorial constituye la principal marca diferencial de su carta fundamental.
En 1931, el ente administrativo nuclear es el ayuntamiento, cuyos alcaldes pueden ser elegidos por votación directa o que, si sus dimensiones lo permiten, pueden gobernarse también por la asamblea de vecinos, posibilidades no contempladas en la constitución de 1978, que sólo prevé la elección de los concejales, y del alcalde por éstos (también posible en 1938). Los ayuntamientos se mancomunan en provincias, que pueden, a su vez, y a iniciativa de los ayuntamientos que se integran en ellas, unirse en comunidades autónomas, redactando un estatuto que, si es votado por 2/3 del censo de esas provincias, es sometido a su aprobación por las cortes, única cámara legislativa. En 1978 hay dos cámaras legislativas que establecen la organización provincial del territorio. Cada provincia es gobernada por una Diputación, que cede competencias a los ayuntamientos, elegidos como se ha indicado. Si un conjunto de provincias desea constituirse en Comunidad Autónoma, la propuesta se realiza directamente a las Cortes que, en caso de aprobar la propuesta, permiten someterla a votación entre el censo electoral afectado. Una última diferencia importante a tener en cuenta es que el Estatuto de Autonomía resultante de este proceso tiene, en el texto de 1931, el rango de ley básica de la Comunidad en cuestión, sin que, una vez aprobado se mencione ninguna subordinación a otra ley. En 1978, en cambio, tiene el rango, sencillamente de ley, es decir, de ley del Estado, lo que en la práctica se ha traducido en que los Estatutos de autonomía vigentes tienen el rango de ley orgánica, es decir, el mismo que, por ejemplo, la ley de educación, lo que provoca constantes conflictos de competencias con el Estado central. En 1931 el Estado se reserva algunas competencias (defensa, hacienda, comunicaciones nacionales), mientras que el resto son susceptibles de ser asumidas de manera exclusiva por las Comunidades autónomas en sus estatutos. En 1978, en cambio, es el Estado quien cede las competencias que considera, y no se menciona explícitamente la posibilidad de hacerlo de manera exclusiva (de hecho hoy sólo hay cesión parcial de competencias, otro motivo de conflicto constante). Por último, el papel del ejército en relación a la organización territorial es diferente: la República renuncia expresamente a la intervención del ejército en la política nacional. La constitución monárquica le encarga, con calculada ambigüedad, la defensa de la integridad territorial.
En relación a la Jefatura del Estado, más allá de las diferencias obvias entre una monarquía hereditaria y una presidencia ostentada por elección democrática (por un extraño sistema mixto entre el sufragio directo e indirecto), cabe destacar la responsabilidad que el máximo cargo adquiere ante los ciudadanos. Al Rey de 1978 se lo declara expresamente inviolable y no sujeto a responsabilidad, algo que se justifica en la necesidad de que sus actos sean refrendados por el gobierno (no por las Cortes), quien asume la responsabilidad de los mismos, pero sin que se mencione qué ocurre en relación a aquellos actos, por ejemplo privados, que no tienen que ser refrendados, y que se supone quedan amparados por la mencionada inviolabilidad. La República de 1931, en cambio, declara a su presidente criminalmente responsable de la infracción delictiva de sus obligaciones constitucionales.
Otro capítulo importante en la definición de cualquier Estado es el relativo a la separación de poderes. Ambas constituciones prevén un Tribunal Constitucional, pero la composición del mismo es esencialmente política en nuestra constitución actual (sólo 2 de sus 12 miembros nombrados por la judicatura, el resto por el gobierno y las cámaras), independiente en la republicana (sólo hasta 5 miembros nombrados por las Cortes, los 20 restantes por la judicatura y las universidades). En la nuestra, el indulto es potestad del Rey. En la republicana, del Tribunal supremo.
Hay en ambos textos unos artículos menos conocidos pero de especial vigencia en nuestros días, relativos a la economía del Estado. Para empezar, en 1931 se prohíbe expresamente que el gobierno incumpla por exceso los presupuestos aprobados en Cortes, mientras que en 1978 este inclumplimiento se autoriza expresamente. Es decir, los presupuestos de la República tienen carácter vinculante, los de la Restauración de 1978 lo tienen, digamos, orientativo. Pero hoy todavía nos ha de llamar más la atención el articulado referente al endeudamiento público. La Constitución de 1978 no le pone otros limites que los que el gobierno se ponga a sí mismo, o los que le ponga una ley de la que no se especifica si ha de fijar cuantías máximas de endeudamiento, ni si ha de ser una ley aprobada previamente en Cortes o puede tratarse de un decreto-ley del propio gobierno. Pero la de 1931 exige que una tal ley concrete las condiciones exactas del préstamo: cantidad máxima, intereses y plazos de amortización. Pero todavía hay más: si un gobierno incumple este precepto, el Estado queda libre de devolver el préstamo. El propio prestatario ha de vigilar, por tanto, que firma unas condiciones contempladas por esa ley, en caso contrario puede perder su dinero.
Para terminar, podríamos destacar cómo se adquiere la nacionalidad española en cada caso: llama la atención que la actual no lo establece, y se remite a una futura ley. La constitución republicana otorga la ciudadanía a todos los nacidos en España o inmigrados a ella, independientemente de su ascendencia.
[1] Los conceptos que aquí se oponen son los de soberanía popular, de Rousseau, y de soberanía nacional, del abate Sieyès, alternativas surgidas en el debate teórico suscitado por la evolución de la República Francesa en el S.XVIII.
¡Ingobernabilicémonos!
El comentario de actualidad en la radio (escúchalo en DERF agencia federal de noticias)
Esta mañana muchos nos hemos buscado antes en el espejo de Italia que en el del cuarto de baño . Pero la imagen que hemos encontrado es la del pensamiento único que domina la prensa española.
No sabría decir qué difusas expectativas podría hacer surgir en nosotros un país que se atrevió a pasar, aunque aparentemente en falso, a su clase política por el tribunal, y que ha situado en el parlamento un “tercer” movimiento político que quizás represente lo que a algunos les hubiera gustado que generara nuestro 15-M. El caso es que los titulares de nuestros periódicos no son más que variantes en el orden en que se enlazan al nombre de nuestro país vecino tres expresiones comunes: “ingobernabilidad”, “bloqueo”, y “prima de riesgo”. Coinciden también en una mentira: el partido de Beppe Grillo no es el tercer partido más votado, sino el primero, pues la derecha y la izquierda se presentaban como coaliciones de varios partidos, ninguno de los cuales ha alcanzado los resultados del cómico, único político, además, designado por la prensa por su oficio. Esta unanimidad incluye a la cabecera que se considera a sí misma portavoz de la izquierda, y que, no conforme con sumarse a los lugares comunes ya mencionados, se suma también a las campañas mediáticas italianas que intentan asociar a Beppe Grillo con el neofascismo populista, nacidas de su insistencia en incluir a sus representantes en el diálogo político sin exclusiones.
¿En qué consiste esa ingobernabilidad y por qué asusta? Considero que, aquí y allí, ésa es hoy la cuestión. Ingobernabilidad parece designar hoy en día la necesidad de dialogar. Se presupone que hay gobierno cuando el poder lo acumula una única fuerza política, o cuando se establecen pactos que reparten el poder y suprimen la necesidad de dialogar. Que optimizan la capacidad de quienes ostentan los cargos de actuar, y suprimen la necesidad de exponer en público las razones por las que se actúa. Esto, desde luego, resulta etimológicamente impecable (del latín guberno, pilotar una nave), pero democráticamente cuestionable.
Ha quedado, pues, bloqueada la política italiana bloqueada, o lo que se abre es la posibilidad de bloquear el frente común de la tecnocracia bancaria? ¿No será, pues, el actual reto de la democracia el de ser capaz de asumir el desgobierno? ¿Reconvertir los parlamentos en foros de toma de decisiones? ¿Articular nuevos espacios de discusión? ¿Qué es lo que nos da miedo del desgobierno, asumir la responsabilidad de implicarnos en la política?